Recibir decenas de llamadas a cualquier hora del día, mensajes intimidatorios o amenazas de demandas por parte de agencias de recobro y fondos buitre es una situación que padecen miles de familias en Cataluña. En esta guía te explicamos cuáles son tus derechos legales frente a estos abusos y cuál es la vía definitiva para frenarlos.

1. ¿Por qué te llama una agencia de recobro y no tu banco?

Cuando un préstamo personal, microcrédito o tarjeta revolving deja de pagarse durante varios meses, la mayoría de los bancos (como CaixaBank, BBVA, Santander) o entidades emisoras (WiZink, Cetelem, Cofidis) venden estos paquetes de impagados a empresas especializadas conocidas en el sector como fondos buitre o agencias de gestión de cobros (Hoist Finance, Axactor, Kruk, EOS Spain, etc.).

Estas empresas compran las deudas a un porcentaje ínfimo de su valor real (a menudo por un 5% o un 10%) e intentan cobrar el 100% de la deuda más intereses abusivos utilizando tácticas de presión constante.

2. Prácticas ilegales que no tienes que tolerar

Muchos de los métodos que emplean estas agencias traspasan la legalidad y pueden ser constitutivos de infracciones graves ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) o incluso delitos de coacciones según el Código Penal:

  • Llamar a tu lugar de trabajo o a compañeros de empleo: Está terminantemente prohibido informar a terceros de tu situación financiera.
  • Contactar a familiares, padres o vecinos: Vulneración flagrante de la normativa de privacidad.
  • Llamadas constantes e insistentes: Llamar más de 2 o 3 veces por semana de forma reiterada puede considerarse acoso tipificado.
  • Amenazas con embargos inmediatos sin juicio: Ninguna agencia de recobro puede embargarte nada por su cuenta; solo un juez, tras un procedimiento judicial contradictorio, puede decretar un embargo.

3. Cómo defenderte en el día a día

Si sufres acoso telefónico, toma las siguientes medidas:

  1. Solicita toda la información por escrito: Exige que te envíen el contrato original, el desglose de la deuda y la acreditación fehaciente de la cesión del crédito. En muchas ocasiones no tienen la documentación en regla.
  2. Ejerce tus derechos de rectificación y oposición (LOPD): Puedes enviar un escrito solicitando que cualquier comunicación se efectúe exclusivamente por correo postal certificado y no por teléfono.
  3. Guarda registro de llamadas y mensajes: Servirán como prueba si es necesario interponer una denuncia judicial.

4. La solución radical: La protección del Juzgado Mercantil

La forma más rápida y legalmente vinculante de apagar el teléfono para siempre es acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

Desde el momento en que nuestro despacho presenta la demanda concursal en el Juzgado de lo Mercantil, la ley suspende cualquier derecho de los acreedores a contactar o presionar al deudor. Todo contacto debe realizarse obligatoriamente a través de nuestros letrados colegiados. Además, las deudas se extinguen de por vida con el Auto de Exoneración.

¿Harto de las llamadas y el acoso telefónico?

En Se acabaron las deudas (Grup Gestió) asumimos la defensa frente a tus acreedores desde el primer día. Recupera tu tranquilidad.

Llamar al 972 34 60 36
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