En Cataluña, miles de padres, matrimonios y hermanos firmaron como avalistas en hipotecas o préstamos personales para ayudar a sus seres queridos, creyendo que se trataba de un simple trámite de respaldo moral. Sin embargo, ante el impago de la deuda, el banco acude de inmediato contra los avalistas. Te explicamos cómo funciona la responsabilidad del aval y cómo blindar tu patrimonio familiar.

1. La trampa del aval solidario

La inmensa mayoría de las pólizas y préstamos bancarios redactados por las entidades financieras incluyen cláusulas donde el avalista renuncia a los llamados beneficios de orden, división y excusión:

  • Beneficio de excusión: El derecho a exigir que el banco embargue primero todos los bienes del titular antes de tocar los del avalista.
  • Beneficio de división: Si hay varios avalistas, responder solo por su parte proporcional.

Al hacer renunciar al avalista a estos derechos, el banco adquiere la potestad de reclamarle el 100% de la deuda al avalista directamente, sin necesidad de esperar a agotar los bienes del deudor principal.

2. ¿Pueden embargar la vivienda o pensión de los padres avalistas?

Sí. Jurídicamente, el avalista solidario responde con todos sus bienes presentes y futuros. Si el banco obtiene una orden de ejecución judicial, puede solicitar el embargo de la nómina o pensión del avalista (respetando los límites legales del salario mínimo) e incluso instar la subasta judicial de la vivienda habitual de los padres o familiares.

Por este motivo, actuar con rapidez y con asesoramiento jurídico antes de que se consume la ejecución es vital.

3. Vías legales para liberar o proteger a los avalistas

En Se acabaron las deudas aplicamos tres estrategias judiciales consolidadas:

  1. Nulidad de la cláusula de fianza por falta de transparencia: Los tribunales catalanes y el Tribunal Supremo han anulado avales en los que el banco no informó de forma clara, detallada y comprensible sobre la gravedad del compromiso asumido, liberando al avalista de toda responsabilidad.
  2. Procedimiento coordinado de Segunda Oportunidad: Si la deuda es inasumible para ambas partes, deudor y avalista pueden tramitar simultáneamente la exoneración judicial. De este modo, ambos obtienen el perdón definitivo del 100% de la deuda y quedan limpios en los ficheros ASNEF.
  3. Plan de pagos homologado sin liquidación: Permite acordar judicialmente una quita sustancial y un calendario de pagos asumible, paralizando cualquier embargo sobre las viviendas de la familia.

¿Avalaste una deuda que ahora te reclaman?

Envíanos el contrato o escritura del préstamo. Nuestros abogados en Lloret de Mar y Barcelona revisarán gratuitamente la validez del aval y te propondrán la mejor defensa legal.

Llamar al 972 34 60 36
Consultar por WhatsApp